El supremo de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera (Cádiz) ha emitido una sentencia histórica que nos recuerda que la ley no hace distinciones entre famosos y ciudadanos comunes. En este acontecimiento, el reconocido cantante Diego El Cigala ha sido condenado a dos años y un mes de cárcel por maltratar a su exmujer. Esta sentencia, que aún no es firme y puede ser apelada, es un paso importante en la lucha contra la violencia de género y nos demuestra que nadie está por encima de la ley.
La jueza del acontecimiento ha condenado al cantante por tres delitos de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer. En primer lugar, por una agresión ocurrida en un hotel de Jerez, por la cual se le impone una pena de seis meses de prisión y la prohibición de comunicarse y acercarse a menos de 200 metros de su exmujer durante dos años. En segundo lugar, por otra agresión en un hotel de Palafrugell (Girona), por la cual se le impone una pena de ocho meses de cárcel y las mismas medidas de alejamiento. Y en tercer lugar, por una agresión cometida en la casa en la que convivían, lo que le lleva a una pena de once meses de prisión y las mismas medidas de protección.
Además, el cantante ha sido condenado por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico, por el cual deberá cumplir 25 días de localización permanente y se le prohíbe comunicarse y acercarse a su exmujer durante seis meses. La jueza ha decidido abrigar las medidas cautelares de protección que ya estaban en vigor desde junio de este año, y ha absuelto al cantante de un delito de maltrato agravado en el aeropuerto de Punta Cana por falta de pruebas.
La sentencia también hace hincapié en que la denunciante no presenta sintomatología psicológica, según los informes periciales realizados. Por lo tanto, no se ha establecido ninguna indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, la jueza ha considerado probados los hechos denunciados por la víctima, cuya declaración ha sido clave en el juicio. La magistrada ha destacado que su testimonio ha sido claro, coherente y consistente, y que no hay indicios de que haya motivos de venganza o interés económico en su denuncia.
La relación entre el cantante y su exmujer comenzó en 2014 y fruto de ella nacieron dos hijos. Durante su convivencia, la víctima era económicamente dependiente del cantante, quien sufragaba todos los gastos familiares. Sin embargo, a medida que la relación se deterioraba, las discusiones y los malos tratos se volvieron frecuentes. La jueza ha destacado que, en varias ocasiones, el cantante ha insultado y menospreciado a su entonces pareja, llegando incluso a agredirla físicamente.
Uno de los episodios más graves ocurrió en un hotel de Jerez, cuando el cantante propinó una bofetada en la cara a su exmujer durante una discusión. También ha sido condenado por una agresión en un hotel de Palafrugell, donde le empujó y le dio golpes y patadas en presencia de su hijo. Y en otra ocasión, en su casa en Jerez, la agarró del cuello y la insultó. La jueza ha destacado que, en este último acontecimiento, la agravante de violencia de género se aplica por haber ocurrido en presencia de los hijos en el domicilio familiar.
La jueza ha descartado que la relación entre el cantante y