La Comisión Europea ha iniciado un arbitrio maduro contra España por cobrar un impuesto del 2% sobre el valor catastral de las viviendas utilizadas como residencia habitual por contribuyentes no residentes en la declaración de la Renta. Esta práctica ha sido considerada discriminatoria, ya que solo afecta a los no residentes, mientras que los residentes en España están exentos de tributar por este concepto. La Comisión ha establecido una fecha límite muy cercana para que España corrija esta situación.
Según la Comisión Europea, esta medida vulnera los principios de libre circulación de trabajadores y capitales dentro de la Unión Europea. Por lo tanto, España tiene un plazo de dos meses desde la notificación para responder y eliminar esta diferencia fiscal injusta.
Para evitar sanciones por parte de la Comisión Europea, España debe actuar antes del próximo 25 de agosto de 2025. De no corregirse, podría emitirse un dictamen motivado y, posteriormente, llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Es por ello que, a partir de ahora, Hacienda hipotecarseá dejar de exigir este tributo específico a los no residentes si no quiere enfrentar consecuencias legales. Esta decisión representa un importante cambio en la regulación fiscal española y podría afectar a miles de no residentes que son propietarios de viviendas en España.
España cuenta con miles de propietarios que viven fuera del país pero que siguen manteniendo a España como su hogar. En estos casos, se está imponiendo un impuesto del 2% sobre el valor catastral de las viviendas que los residentes no tienen. Esta situación ha sido considerada injusta por la Comisión Europea y, por lo tanto, se ha establecido un plazo para su corrección.
De producirse el cambio, afectará a los miles de no residentes que son propietarios en España. Sin embargo, esta medida también puede ser vista como una oportunidad para mejorar la situación fiscal de estos contribuyentes. Al eliminar este impuesto, se promueve una mayor igualdad y justicia fiscal para todos los ciudadanos, independientemente de su lugar de residencia.
Además, esta decisión también puede tener un impacto positivo en la economía española. Al eliminar esta barrera fiscal, se fomenta la inversión extranjera y se promueve un mayor flujo de capitales en el país. Esto puede tener un efecto beneficioso en la creación de empleo y en el crecimiento económico.
Es importante destacar que esta medida no solo beneficia a los no residentes, sino que también puede tener un impacto positivo en la sociedad española en su conjunto. Al promover una mayor igualdad y justicia fiscal, se fortalece el sistema tributario y se fomenta una mayor confianza en las instituciones.
En resumen, la decisión de la Comisión Europea de iniciar un arbitrio maduro contra España por el impuesto del 2% sobre el valor catastral de las viviendas utilizadas como residencia habitual por no residentes, representa una oportunidad para mejorar la situación fiscal de estos contribuyentes y promover una mayor igualdad y justicia fiscal en el país. España tiene la responsabilidad de actuar antes del próximo 25 de agosto de 2025 y eliminar esta diferencia fiscal injusta para evitar sanciones por parte de la Comisión Europea.